La medida cautelar que Paolo Montero había interpuesto en la Justicia solicitando la libertad de trabajo debido a un pedido de resarcimiento económico por parte de Colón tuvo ayer un fallo favorable para el entrenador canalla, quien de esta forma no tendrá inconvenientes para dirigir (en realidad salir al campo de juego) en el actual club. La sentencia no está firme aún a raíz de que todavía no está vencido el plazo en que la AFA, la encargada de hacer cumplir el convenio colectivo de trabajo, pueda presentar algún tipo de apelación. La medida corre por cuenta el juez Marcelo Galucci, a cargo del juzgado en lo laboral número 7 de Rosario.

A partir de esto, según confiaron las fuentes consultadas, Colón puede seguir adelante con el pedido de resarcimiento económico por parte de Montero, pero lo que no podrá hacer es impedir que el DT uruguayo pueda desempeñarse como tal en Central.

En el artículo 10 del convenio colectivo de trabajo existe un inciso, que dice que dice que los técnicos que interrumpan unilateralmente los contratos no podrán registrar un nuevo vínculo hasta tanto venza el plazo del contrato anterior. Del lado de Montero como desde Central entienden que dicho artículo es incongruente y que “llamativamente”, según indicaron, defiende más a los clubes que a los entrenadores.

Por esto lo que hizo Montero fue solicitar una medida judicial de amparo solicitando la inconstitucionalidad de ese artículo porque entendía que iba en detrimento de la libertad de trabajo, amén de las charlas preliminares que se presentaban en buenos términos y que después no resultaron tal por parte de la dirigencia sabalera.

Esta medida entró en un juzgado de feria, motivo por el cual pudo dirigir al equipo ante Talleres y Universidad Católica. Pero ahora salió la resolución de fondo, que aún no está firme porque no está vencido el plazo para que se interponga algún recurso de apelación, que sólo puede ingresarlo la AFA, que es la encargada de aplicar el convenio colectivo de trabajo.

En dicha sentencia, Galucci declara la inconstitucionalidad de la aplicación de esa disposición del convenio colectivo y ordena que la AFA debe registrar el nuevo contrato firmado por Montero.

“Salió todo como se esperaba, más teniendo en cuenta que desde el lado del entrenador siempre hubo una muy buena predisposición para solucionar el inconveniente”, apuntó una de las fuentes consultadas. Mientras, del lado de Central quedaron satisfechos con el fallo, teniendo en cuenta que “Colón quería involucrar a Central en esta historia cuando en realidad Central no tiene nada que ver”.